La Corte de
Apelaciones de Chillán rechazó los recursos de nulidad y confirmó la sentencia dictada por el
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que condenó al ex alcalde de
Bulnes, Rodrigo de la Puente Acuña a la pena de tres años y un día de presidio,
accesorias legales correspondientes, y multa del 0,5% de 9.450 UF equivalente
al monto pretendido defraudar, como autor del delito de Fraude al Fisco en
grado de frustrado, perpetrados en la
comuna de Bulnes entre los años 2010 y 2011.
El tribunal –integrado por los ministros Claudio Arias
Córdova, Guillermo Arcos Salinas y Christian Hansen Kaulen–, ratificó la
sentencia que condenó además a los
funcionarios de este municipio Carlos Rodríguez Sáez y Nivia Jiménez Guevara por el delito de fraude al fisco en grado de
frustrado, y de falsificación de instrumento público en carácter de reiterado,
por la entrega de certificados de inhabitabilidad falsos emitidos en esta comuna en los meses posteriores al terremoto
del 27 de febrero del 2010.
La resolución
descarta infracción de ley en la sentencia de primera instancia: “se
dieron por acreditados los hechos, los delitos y en particular respecto de la
participación del acusado Rodríguez señalándose en síntesis, que para tramitar
las postulaciones se requería la confección de los respectivos certificados de
inhabitabilidad, los cuales fueron firmados por dicha persona, a sabiendas que
no se correspondían con la realidad en cuanto contenían información falsa en
cuanto a los daños que sufrieron las casas, por lo que dicho imputado en el
ejercicio de sus funciones de Director de Obras Municipales suscribió abusando
de su oficio los mencionados documentos, a sabiendas que los hechos contenidos
en dichos instrumentos eran falsos”, dice el fallo de la Corte.
La resolución de primera instancia estableció que
“Rodrigo de la Puente Acuña, alcalde la de Municipalidad de Bulnes, Carlos
Rodríguez Sáez, director de Obras Municipales de Bulnes; los funcionarios
municipales de Bulnes Nivia Jiménez Guevara, funcionaria de la Egis municipal
de Bulnes, Hugo Soto Barba, inspector técnico de obras de la Municipalidad de
Bulnes, y Luis Muñoz Carrasco, consultor, funcionario público de la Intendencia
Regional del Bío Bio, ejecutaron distintas conductas, en forma individual y/o
conjuntamente, tendientes a permitir la obtención del beneficio especial antes
referido para un grupo de pobladores de los comités Nueva Aurora y Tres
Esquinas de la comuna de Bulnes, que no cumplían con los requisitos
necesarios”.
El fallo manifestó que “mediante la referida postulación,
se pretendía defraudar al Estado de Chile por un total de 9450 UF, monto que
equivale a los 450 UF aproximado de cada una de las viviendas, al asignar a las
familias la calidad de beneficiadas sin que reunieran los requisitos para
dichos subsidios, asignación de recursos que no logró materializarse debido a
que las acciones antes descritas fueron denunciadas a los organismos
competentes”.