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jueves, 16 de julio de 2015

Bulnes (CHILE), jueves 16 de julio de 2015

EXTRACTO DEL FALLO EN CONTRA DEL EX ALCALDE RODRIGO DE LA PUENTE Y OTROS FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE BULNES, CONTENIDO EN 156 PÁGINAS.


Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14 N° 1, 15 N° 1 y 3, 29, 30,  51, 68, 70, 193 N°4 y 239  del Código Penal; artículos 1, 4, 45, 47, 295, 296, 297, 323, 324, 325, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 348 del Código Procesal Penal, Ley 18.216, SE DECLARA:
I.- Que, se absuelve a SILVIA NINETTE ORREGO  RIVEROS, de los cargos que la suponían autora del delito de Fraude al Fisco en grado de frustrado, supuestamente cometido en la ciudad de Bulnes en los años 2010 y 2011.
II.- Que, se condena, con costas, a CARLOS ALEJANDRO RODRIGUEZ SAEZ,  a la pena única de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, y la de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en su grado mínimo, esto es, de 61 días  y la accesoria general de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos durante el tiempo de la condena, y una multa del 0,5% de 9.450 UF equivalente al monto pretendido defraudar, como autor de los delitos de Fraude al Fisco en grado de frustrado, y de Falsificación de Instrumento Público en carácter de reiterado, perpetrados en la comuna de Bulnes entre los años 2010 y 2011.
III.- Que, reuniéndose en su caso los requisitos del artículo  15 y 15 bis de la Ley 18216, se sustituye al sentenciado Rodriguez Sáez el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término de pena privativa de libertad que se le sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Chillán, y debiendo, además cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. Adicionalmente, se impone al sentenciado la condición de la letra d) del artículo 17 ter de la Ley N°18.216, esto es, la obligación de cumplir programas formativos en el área de educación cívica.  El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta  fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. Con todo, para el cumplimiento de la pena sustitutiva decretada, no existen abonos que considerar.
Ejecutoriada que sea esta sentencia, oportunamente ofíciese al Centro de Reinserción Social solicitando la elaboración del plan de intervención individual respectivo.
IV.- Que, se condena, con costas, a RODRIGO FERNANDO DE LA PUENTE ACUÑA Y A LUIS EDGARDO MUÑOZ CARRASCO, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, y la de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en su grado mínimo, esto es, de 61 días  y la accesoria general de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos durante el tiempo de la condena, y una multa del 0,5% de 9.450 UF equivalente al monto pretendido defraudar, a cada uno de ellos, como autores del delito de Fraude al Fisco en grado de frustrado,  perpetrados en la comuna de Bulnes entre los años 2010 y 2011.
V.- Que, reuniéndose respecto de DE LA PUENTE ACUÑA y MUÑOZ CARRASCO los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18216, se sustituye a cada uno de los sentenciados el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término de pena privativa de libertad que se les sustituye, debiendo presentarse cada uno de ellos al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Chillán, y debiendo, además cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. Adicionalmente, se impone a los sentenciados la condición de la letra d) del artículo 17 ter de la Ley N°18.216, esto es, la obligación de cumplir programas formativos en el área de educación cívica.  Ambos sentenciados deberán presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta  les fuese revocada o quebrantada los condenados cumplirán íntegra y efectivamente las penas privativas de libertad impuestas o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. Con todo, para el cumplimiento de la pena sustitutiva decretada, no existen abonos que considerar.
Ejecutoriada que sea esta sentencia, oportunamente ofíciese al Centro de Reinserción Social solicitando la elaboración del plan de intervención individual respectivo.
VI.- Que, se condena, con costas, a NÍVIA ALICIA DEL CARMEN JIMENEZ GUEVARA, y a HUGO LEOPOLDO ENRIQUE SOTO BARBA, a la pena única de  QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado medio, y la de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en su grado mínimo, esto es, de 61 días  y la accesoria general de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos durante el tiempo de la condena, y una multa del 0,5% de 9.450 UF equivalente al monto pretendido defraudar, a cada uno de ellos como autores de los delitos de Fraude al Fisco en grado de frustrado, y de Falsificación de Instrumento Público en carácter de reiterado, perpetrados en la comuna de Bulnes entre los años 2010 y 2011.
VII.- Se autoriza a cada uno de los sentenciados, a pagar las multas en diez parcialidades mensuales, iguales y sucesivas.                  Si los sentenciados no pagaren las multas impuestas, sufrirán por vía de sustitución y apremio, en cada caso, la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual, sin que ella pudiere exceder de seis meses, sin abonos que considerar.
VIII.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216,  se les sustituye a los sentenciados el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Chillán, por el lapso de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley.
Los condenados deberán presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra.
Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada los condenados cumplirán íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas.
En estos casos, se someterá a los condenados al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose en su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva, toda vez que los sentenciados no cuentan con días de abono que considerar en esta causa.
IX.- Devuélvase en su oportunidad los documentos y otros medios incorporados en la audiencia.
Atendido lo dispuesto en los artículos 14 letra f) y 113 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales y el artículo 468 del Código Procesal Penal, una vez ejecutoriado el fallo, remítanse copias autorizadas del mismo al Juzgado de Garantía de Bulnes, para su oportuno cumplimiento.
Póngase a los sentenciados a disposición del mencionado Juzgado, oficiándose.
Redactada por la juez Carolina Isabel Vásquez Epuñan.
No firma la juez María Alejandra Cruz Vial, juez titular del Juzgado de Garantía de Yungay, no obstante haber concurrido al juicio y al acuerdo por encontrarse en funciones en su tribunal de origen.
Regístrese y comuníquese, en su oportunidad archívese.
RUC: 1100339320-K
RIT: 89-2015
 Pronunciada por la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares OSCAR RUIZ PAREDES, quien la presidió, CAROLINA VASQUEZ EPUÑAN, y la juez suplente MARÍA ALEJANDRA CRUZ VIAL, juez titular del Juzgado de Garantía de Yungay.
 Con esta fecha se notificó por el estado diario la resolución precedente. Chillán, 15 de julio de 2015.
Esta es la información oficial.
 
 


Ganado bovino transado en las ferias de la Región del Biobío totalizó 17.076 cabezas en mayo

 
El número de bovinos rematados en las ferias de la Región del Biobío fue de 17.076 cabezas en mayo, experimentando una variación de 18,6%, lo que significó 2.676 cabezas más respecto a igual mes del año anterior, según informó el Instituto Nacional de Estadísticas, (INE).
El ganado bovino beneficiado en mataderos contabilizó 8.394 cabezas, mostrando un crecimiento de 2,9% en doce meses. En tanto, la producción de carne de ganado bovino contribuyó con el 11,2% del total nacional. Por su parte, la producción de carne en vara de ganado bovino registró 1.948 toneladas, presentando un alza de 1,9% en doce meses.
GANADO REMATADO EN FERIAS
En mayo de 2015, el ganado rematado en las ferias experimentó un aumento de 14,1%, al contabilizar 20.724 cabezas vendidas.
A nivel país, los bovinos rematados en las ferias totalizaron 101.584 cabezas y la región contribuyó con el 16,8% de los bovinos transados, ocupando el tercer lugar. Las regiones de La Araucanía, Los Lagos y Aysén participan en conjunto con el 60,4% del total país.
En la región se vendieron 17.076 cabezas de bovinos, mostrando un crecimiento de 18,6%, registrando 2.676 bovinos más transados al comparar con mayo de 2014. La especie de bovinos representa el 82,4% del total de ganado rematado en las ferias a nivel regional.
En tanto, la mayoría de las categorías de ganado bovino presentaron aumento, excepto la categoría de toros y torunos, que disminuyó en relación a igual mes del año anterior.
Las categorías que presentaron incidencia positiva en la venta de bovinos en las ferias fueron las siguientes: las vacas gordas crecieron 56%, equivalente a 811 cabezas más; los novillos para engorda subieron 23,1,%, aumentando en 469 cabezas más; otras vacas presentaron un crecimiento de 29,2%, con 443 cabezas más; y las vaquillas variaron 22,4%, con 400 cabezas más en la comparación anual.
La categoría toros y torunos incidió en forma negativa, presentando una disminución de 15,4% respecto a igual mes del año anterior.
La segunda especie más transada en la región son los porcinos, con 1.988 cabezas, presentando un alza de 12,6% respecto a igual periodo del año anterior.
Los equinos mostraron una disminución de 7,1%, al rematarse 88 cabezas menos, y los ovinos registraron 388 cabezas menos, experimentando una baja de 55,4% en doce meses.
Análisis Acumulado
En el periodo enero-mayo de 2015, el ganado bovino rematado en las ferias presentó un alza de 10,7%, equivalente a 6.907 cabezas más, registrando un comportamiento similar al presentado a nivel nacional, que subió 7%.
En la región, los porcinos aumentaron en 23,1%, equivalente a 1.542 cabezas más al comparar con igual periodo del año anterior.
GANADO BENEFICIADO EN MATADEROS
El total de ganado beneficiado en los mataderos de la Región del Biobío registró una disminución de 9,4% en comparación anual.
El ganado bovino beneficiado a nivel nacional contabilizó 71.448 cabezas, mostrando una caída de 5,1% en doce meses. La región participa con el 11,7% del total de ganado bovino del país.
El total de ganado bovino beneficiado en la región totalizó 8.394 cabezas, creciendo 2,9% en doce meses.
Por categoría de ganado bovino beneficiado en la región, los novillos representan el 47,4%, registrando 3.982 cabezas; las vaquillas contribuyen con el 20,8%, con 1.745 cabezas; y las vacas gordas participan con el 14,7%, equivalentes a 1.235 cabezas.
En tanto, los porcinos beneficiados totalizaron 3.022 cabezas, registrando una merma de 31,2% al compararlo con mayo de 2014. Por su parte, los ovinos presentaron una disminución de 44,6%, lo que significó 83 animales menos respecto a igual mes del año anterior.
Análisis Acumulado
En lo que va acumulado a mayo de 2015, el ganado bovino beneficiado en mataderos de la región se incrementó en 17,3%, equivalente a 6.383 cabezas más al compararlo con igual periodo del año anterior.
Las categorías que influyeron en el aumento de ganado bovino beneficiado fueron: vacas gordas con 127,4%, equivalente a 3.696 cabezas más; vaquillas con 22,2%, aumentando en 1.995 cabezas; y las vacas carnaza crecieron 33,9%, con 669 animales más respecto a igual período del año pasado.
Por el contrario, los novillos y los bueyes fueron las únicas categorías que presentaron disminución de 0,5% y de 4,6%, respectivamente, en el periodo de referencia.
Los porcinos presentaron una merma de 29,9%, equivalente a 5.255 cabezas menos en comparación con enero-mayo de 2014. Por su parte, la especie ovina mostró una disminución de 31,9%, es decir, 776 animales menos, al comparar con igual periodo del año 2014.
PRODUCCION DE CARNE EN VARA
En la región, la producción total de carne en vara alcanzó a 2.232,1 toneladas, experimentando una caída de 2,8%, al producir 63 toneladas menos respecto a igual mes del año anterior.
La Región del Biobío contribuyó con el 3,7% de la producción nacional de carne, que anotó 60.176,5 toneladas, siendo la Región de O´Higgins la que presenta la mayor participación con un 60,5%.
La producción de carne en vara de ganado bovino registró 1.948 toneladas, creciendo en 1,9%, lo que significó 36 toneladas más en comparación con igual mes de 2014.
Las toneladas de carne en vara de los bovinos se concentran principalmente en las categorías: novillos, vaquillas y vacas gordas, que aportan el 50%, 18,7% y 14,8%, respectivamente, sumando en conjunto 1.627,1 toneladas a nivel regional.
Los porcinos concentran un volumen de producción de carne de 269,3 toneladas, registrando una merma de 27,2% toneladas al comparar con igual mes del 2014.
Análisis Acumulado
La producción total de carne en vara regional alcanzó a 11.289 toneladas en el periodo enero-mayo de 2015, presentando un incremento de 8,8%, equivalente a 910,8 toneladas más respecto a enero-mayo de 2014.
La producción de carne en vara bovina anotó un incremento acumulado de 14,5%, equivalente a 1.275,3 toneladas más respecto a igual periodo del año anterior.
La producción de carne en vara de bovinos por categoría que incidieron positivamente fueron: las vacas gordas con 837,1 toneladas adicionales (117,6%) y las vaquillas con 377,3 toneladas más (19,8%).
Por su parte, las categorías que incidieron negativamente fueron: los novillos con 49,5 toneladas menos (1%) y los bueyes con 21,7 toneladas menos (6,1%).
La producción de carne porcina registró 1.125,6 toneladas, inferior en 24,4%, lo que significó 363,2 toneladas menos en comparación con igual periodo de 2014.
 


En los próximos días podría definirse futuro del tercer dique de ASMAR

 Esta semana se concretaría la primera reunión entre el Ministerio de defensa, Hacienda y Obras Públicas donde se abordará el tema de la construcción del tercer dique de ASMAR Talcahuano. Así lo informaron los senadores UDI por la Región del Bio Bio, Jacqueline van Rysselberghe y Víctor Pérez Varela, luego de reunirse esta mañana con el Ministro de Defensa, José Antonio Gómez, para tratar este tema.
Los parlamentarios del Bio Bio, solicitaron la reunión con el Ministro Gómez, para solicitar una pronta definición del Gobierno respecto al financiamiento de esta obra emblemática para Talcahuano, la cual ya cumplirá caso dos años esperando el visto bueno de hacienda.
Al respecto, el senador Pérez enfatizó que “el actual escenario económico nacional y de la región, hace necesario que esta obra se concrete a la brevedad posible para dinamizar la economía y el empleo, principalmente de Talcahuano”.
De la misma forma, el miembro de la Comisión de Defensa de la Cámara Alta aseguró que “ya existe una definición y un compromiso político de parte de la Presidenta respecto al tercer dique de ASMAR, pero ahora necesitamos que ese compromiso se concrete lo antes posible y esta obra comience a construirse lo antes posible”.
Por su parte, la senadora Jacqueline van Rysselberghe, afirmó que “se nos informó que esta semana se realizará la primera reunión entre los Ministerios de Defensa, Hacienda y Obras Públicas para abordar este tema, por lo que esperamos que en los próximos días tengamos una definición del Ejecutivo respecto al financiamiento para el tercer dique de ASMAR”.
La parlamentaria gremialista recordó que “en marzo de este año se entregaron todos los estudios e informes técnicos y financieros que respaldaban la factibilidad de este nuevo dique, por lo que sólo falta la autorización de Hacienda para que ASMAR pueda asumir el crédito que necesita para financiar esta obra y nosotros queremos que esta decisión se tome ahora, de manera de comenzar la construcción en 2016”.



3 años y medio sin accidentes fatales cumplió la minería de la región del Biobío
 Mantener el indicador de “cero fatalidad” que se registra desde 2011 en la minería de la región del Biobío, pero sobre todo reducir aún más la cantidad de accidentes graves, son los objetivos declarados por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), ente a cargo de fiscalizar el Reglamento de Seguridad Minera en relación con la estabilidad física de las faenas mineras, los métodos de explotación, y las prácticas seguras más concretas, como el uso de Elementos de Protección Personal (EPP), entre otros. El director nacional de la institución, Rodrigo Álvarez Seguel, dio a conocer el diagnóstico general de la situación de la minería regional, al señalar que “obviamente que es positivo que se registren años sin accidentes fatales, pero junto con mantener eso, es muy importante reducir los accidentes graves, que son los que dejan secuelas en los trabajadores, con gran impacto sobre la capacidad de trabajo y sobre las familias”. Importa señalar que el más reciente accidente fatal en la minería de la zona ocurrió en diciembre de 2011 en el Pirquén El Sarco, donde fallecieron dos personas por deflagración de gas metano.
El Sernageomin ha realizado una serie de medidas destinadas a identificar los peligros presentes en las faenas mineras del carbón (pequeñas y artesanales), entre las cuales se indica la actualización del catastro general de todas las faenas con sus instalaciones; la actualización de la Matriz de Criticidad, para focalizar las áreas con mayores riesgos de accidentes; y la ejecución y seguimiento del programa anual de inspecciones.
En la ocasión, las autoridades entregaron un reconocimiento a la empresa minera Benedicto Huenchuleo Chávez, por no registrar accidentes desde que recibió la concesión de explotación en julio de 2011. La firma posee una faena subterránea para la extracción de carbón en el sector Pilpilco, en la comuna de Los Álamos, donde trabajan 60 operarios.
Diagnóstico de la seguridad minera regional
Sobre la base de la información recopilada en fiscalizaciones, se ha establecido como aspectos con potencial de mejoramiento la disposición de fortificación eficiente y oportuna en frentes de producción y galerías; la existencia de ventilación en frentes y labores de las faena para diluir en forma eficiente la  presencia de gases nocivos; y las necesarias medidas de seguridad sobre circuitos eléctricos, cables sueltos, desordenados y sin aislaciones y protecciones adecuadas.
De acuerdo con el Plan de Fiscalizaciones 2015 del Sernageomin, en la región se fiscalizan 140 instalaciones mineras; 7 de las cuales se encuentran en la provincia de Concepción y 133 en la provincia de Arauco. La comuna de Curanilahue concentra al 59% de ellas. Las demás se distribuyen del siguiente modo: Los Álamos (21), Lebu (18), Arauco (11), Coronel (4), Lota (1), Penco (1) y Talcahuano (1). Del total de las instalaciones, 101 (equivalentes al 72%) están en carácter de irregular, lo que implica que no han presentado sus proyectos de explotación y/o tratamientos. Los minerales que se extraen en la región son: Carbón, areniscas y arenas Silíceas.  Actualmente se explora la posibilidad de extracción de Tierras Raras en Tomé y Penco.
Según los datos de entregados por productores de 24 instalaciones que corresponden al 75% de instalaciones activas , el promedio de trabajadores declarados durante el año 2014 fue de 177 trabajadores, de los cuales el 6,8% corresponde a empresas mandantes y 93,2% a empresas contratistas.



LLENO TOTAL TUVO BENEFICIO REALIZADO POR CONJUNTO RAÍCES DE MI TIERRA EN QUILLÓN





Organizada por el conjunto folclórico Raíces de mi Tierra, se realizó el sábado 11 de julio de 2015 en la  parcela 13 de Quillón, una Peña folclórica a beneficio que concentró gran cantidad de vecinos que quisieron cooperar y pasar un rato agradable junto a los artistas que se sucedieron en el escenario y a las exquisiteces que había para degustar.
Las familias fueron en grupo a disfrutar esta linda actividad familiar donde hubo concursos y de un cuanto hay para que todos quedaran contentos y así vuelvan en una próxima oportunidad.